28 abril 2014

Los alumbrados (y II)

Francisco Javier Bernad Morales

Las investigaciones iniciadas en 1519 conducen a que en septiembre de 1525 el inquisidor general Alonso Manrique publique un edicto en el que condena cuarenta y ocho proposiciones de los alumbrados, de algunas de las cuales afirma que tienen sabor luterano. Los procesos de los años siguientes descabezan el movimiento algunos de cuyos miembros, como López de Celaín o  Ruiz de Alcaraz terminan en la hoguera. María Cazalla, tras sufrir tormento, escapa con una pena leve: tras dos años de reclusión, una multa de cien ducados, cantidad, por cierto, bastante elevada para la época; en tanto que Isabel de la Cruz se ve sometida a prisión perpetua. Más adelante, en 1559, el doctor Agustín Cazalla, sobrino de María, que durante algún tiempo había sido capellán de Carlos V, fue condenado a la hoguera[1], acusado de haber creado un conventículo luterano en Valladolid. Igual suerte corrieron tres de sus hermanos, Francisco, Beatriz y Pedro, en tanto que otros dos sufrieron reclusión de por  vida; todos ellos, como seguidores de Agustín. En cuanto a la madre que había traído al mundo tales hijos, sus restos fueron desenterrados y quemados. Incluso la casa familiar fue derribada[2] y el solar sembrado de sal. En un extremo se fijó una inscripción que recordaba para perpetua ignominia que allí se habían reunido los herejes.

Hacia 1576, la Inquisición, por denuncias del dominico Fr. Alonso de la Fuente, inició una actuación contra un foco alumbrado en la localidad extremeña de Llerena. En esta ocasión, los principales acusados fueron ocho clérigos regulares. A diferencia de lo ocurrido cincuenta años atrás en que solo se trató de errores doctrinales, ahora a estos se les unió la tacha de inmoralidad. Al parecer, si hemos de dar crédito a las actas del proceso, los sacerdotes encausados no solo rechazaban los ritos y ceremonias, sino que sostenían que una vez alcanzada la unión del alma con Dios, ya no es posible cometer pecados, por lo que se sentían autorizados a todo tipo de excesos incluidos los sexuales, para los cuales se habrían rodeado de un amplio grupo de beatas a las que seducían mediante sus prédicas acerca de la salvación. Los miembros de este grupo fueron condenados en un auto de fe celebrado en 1579.

Aún en 1624, en Sevilla fue condenado el sacerdote Francisco Méndez, quien dirigía una casa de beatas y atrajo a muchas otras mujeres, incluidas algunas de la nobleza como la marquesa de Tarifa y la condesa de Palma. Un año antes, el inquisidor general Andrés Pacheco había creído necesario publicar un nuevo edicto contra los alumbrados. En él llamaba a la delación de quienes sostuvieran determinadas proposiciones de las que citaré algunas tal como las recoge Menéndez Pelayo[3]:

-Que la oración mental es de precepto divino y que con ella se cumple lo demás.
-Que no se ha de obedecer a prelado, padre ni superior en cuanto mandaren cosa que estorbe la contemplación.
-Que ciertos ardores, temblores y desmayos que padecen son estar en gracia y tener al Espíritu Santo y que los perfectos no tienen necesidad de hacer obras vituosas.
-Que habiendo llegado a cierto punto de perfección, no se deben ver imágenes santas ni oír sermones, ni obliga en tal estado el precepto de oír misa.
-Que es vana la intercesión de los santos.





[1] Agustín Cazalla aceptó retractarse de sus errores, por lo que obtuvo la merced de ser estrangulado antes de que su cuerpo fuera echado a la hoguera.
[2] Menéndez Pelayo recoge la lista de todos los condenados en el auto de fe de Valladolid del 21 de mayo de 1559.  En total son veinticinco, de los cuales, nueve, entre ellos un judaizante, lo fueron a la hoguera. MENÉNDEZ PELAYO, Marcelino, Historia de los heterodoxos españoles, vol I, p. 1071-1073.
[3] Ibidem. Vol. II, p. 201.

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