Francisco Javier Bernad Morales
Las
investigaciones iniciadas en 1519 conducen a que en septiembre de 1525 el
inquisidor general Alonso Manrique publique un edicto en el que condena
cuarenta y ocho proposiciones de los alumbrados, de algunas de las cuales
afirma que tienen sabor luterano. Los procesos de los años siguientes
descabezan el movimiento algunos de cuyos miembros, como López de Celaín o Ruiz de Alcaraz terminan en la hoguera. María
Cazalla, tras sufrir tormento, escapa con una pena leve: tras dos años de
reclusión, una multa de cien ducados, cantidad, por cierto, bastante elevada
para la época; en tanto que Isabel de la Cruz se ve sometida a prisión
perpetua. Más adelante, en 1559, el doctor Agustín Cazalla, sobrino de María,
que durante algún tiempo había sido capellán de Carlos V, fue condenado a la
hoguera[1],
acusado de haber creado un conventículo luterano en Valladolid. Igual suerte
corrieron tres de sus hermanos, Francisco, Beatriz y Pedro, en tanto que otros
dos sufrieron reclusión de por vida;
todos ellos, como seguidores de Agustín. En cuanto a la madre que había traído
al mundo tales hijos, sus restos fueron desenterrados y quemados. Incluso la
casa familiar fue derribada[2]
y el solar sembrado de sal. En un extremo se fijó una inscripción que recordaba
para perpetua ignominia que allí se habían reunido los herejes.
Hacia
1576, la Inquisición, por denuncias del dominico Fr. Alonso de la Fuente,
inició una actuación contra un foco alumbrado en la localidad extremeña de
Llerena. En esta ocasión, los principales acusados fueron ocho clérigos
regulares. A diferencia de lo ocurrido cincuenta años atrás en que solo se
trató de errores doctrinales, ahora a estos se les unió la tacha de
inmoralidad. Al parecer, si hemos de dar crédito a las actas del proceso, los
sacerdotes encausados no solo rechazaban los ritos y ceremonias, sino que
sostenían que una vez alcanzada la unión del alma con Dios, ya no es posible
cometer pecados, por lo que se sentían autorizados a todo tipo de excesos
incluidos los sexuales, para los cuales se habrían rodeado de un amplio grupo
de beatas a las que seducían mediante sus prédicas acerca de la salvación. Los
miembros de este grupo fueron condenados en un auto de fe celebrado en 1579.
Aún en
1624, en Sevilla fue condenado el sacerdote Francisco Méndez, quien dirigía una
casa de beatas y atrajo a muchas otras mujeres, incluidas algunas de la nobleza
como la marquesa de Tarifa y la condesa de Palma. Un año antes, el inquisidor
general Andrés Pacheco había creído necesario publicar un nuevo edicto contra
los alumbrados. En él llamaba a la delación de quienes sostuvieran determinadas
proposiciones de las que citaré algunas tal como las recoge Menéndez Pelayo[3]:
-Que la oración mental es de precepto divino y que con ella se cumple
lo demás.
-Que no se ha de obedecer a prelado, padre ni superior en cuanto
mandaren cosa que estorbe la contemplación.
-Que ciertos ardores, temblores y desmayos que padecen son estar en
gracia y tener al Espíritu Santo y que los perfectos no tienen necesidad de hacer
obras vituosas.
-Que habiendo llegado a cierto punto de perfección, no se deben ver
imágenes santas ni oír sermones, ni obliga en tal estado el precepto de oír
misa.
-Que es vana la intercesión de los santos.
[1] Agustín Cazalla aceptó
retractarse de sus errores, por lo que obtuvo la merced de ser estrangulado
antes de que su cuerpo fuera echado a la hoguera.
[2] Menéndez Pelayo recoge la lista
de todos los condenados en el auto de fe de Valladolid del 21 de mayo de
1559. En total son veinticinco, de los cuales,
nueve, entre ellos un judaizante, lo fueron a la hoguera. MENÉNDEZ PELAYO,
Marcelino, Historia de los heterodoxos
españoles, vol I, p. 1071-1073.
No hay comentarios:
Publicar un comentario