28 abril 2013

Carta al Fiscal de la Nación (Perú)


Reproducimos una carta enviada por los padres Miguel Ángel Cadenas y Manolo Berjón al Fiscal de la Nación.

PARROQUIA SANTA RITA DE CASTILLA
RÍO MARAÑÓN
VICARIATO APOSTÓLICO DE IQUITOS

Doctor
José Antonio Peláez Bardales
Fiscal de la Nación
Lima
Santa Rita de Castilla, 13 de abril de 2013

De nuestra consideración.

Por la presente reciba un saludo cordial,, al tiempo que deseamos se encuentre bien de salud junto a sus colaboradores.

No es usual que unos párrocos de lugares alejados lleguen a usted, pero queremos manifestarle nuestra preocupación. El pasado 10 de abril, un niño de doce años ha sido atropellado en la carretera Iquitos-Nauta a la altura del km. 48, distrito de San Juan, provincia de Maynas, departamento de Loreto. El niño estaba con su papá, su mamá vive en Santa Rita de Castilla, distrito de Parinari, provincia y departamento de Loreto. Los padres están separados. Hoy 13 de abril, estamos viniendo de sembrarle[1]en el cementerio. El dolor de la familia es intenso y los ritos, las palabras y la compañía, que ayudan a dar consuelo, no evitan el nudo en la garganta ante una tragedia como esta, aunque la hacen más soportable.

La presente es para manifestarle lo siguiente. Sin entrar en detalles innecesarios para nuestro propósito, le comunicamos nuestra preocupación por el ʾcumplimientoʾ de la ley. Nos explicamos. Después del accidente se presentó el fiscal oportunamente y se procedió al levantamiento del cadáver, tal como la ley establece. El fiscal, en buena lógica occidental, ordenó la ʾnecropsiaʾ. El padre del muchacho no comprendía para qué tener que abrir a su hijo muerto. Con buenos modales, buen trato y respeto, el fiscal le explicó que es una exigencia de la ley y que van a vaciar el cadáver: extraerle algún órgano, tan solo unas ʾpequeñas muestras que permitan determinar la muerteʾ. El padre no comprendió, pero tuvo que aceptar. El jueves en la madurgada, 4:00 a. m. llegaron a Santa Rita de Castilla navegando por el río Marañón con el cadáver del muchacho. Al llegar se encontró con una fuerte crítica por parte de algunas personas, bastantes. ʾ¿Cómo es posible que su padre permitiera abrir el cadáver?ʾ ʾ¿Ha negociado con su hijoʾ (aceptar dinero para que lo abrieran). Y otra serie de frases por el estilo. No está en discusión el tráfico de órganos, que en ningún momento se ha dado pie a ello, sino ʾel abrir el cadáverʾ que desde la lógica indígena no es aceptado.
Es fácil de comprender que el dolor del padre es indescriptible, pero además ha tenido que hacer frente a los comentarios de algunos vecinos que el criticaban abiertamente ʾpor permitir que abrieran a su hijoʾ. Es aquí donde surgen las preguntas: ¿es necesario hacer la ʾautopsiaʾ de un cadáver cuando hay testigos que presenciaron el accidente? ¿No significa precisamente autopsia ʾver con los propios ojosʾ? ¿No son suficientes en esta caso particular los ojos de los testigos? No nos quejaos del trato del fiscal de turno, que en todo momento fue exquisito, sino de un modo de proceder legal que invisibiliza a la población indígena.

No nos terminamos de creer que vivimos en un país multicultural (ʾmultinatural piensan los indígenas amazónicos). ¿Se puede imponer una sola visión, la occidental, a personas de culturas indígenas? ¿Permitiríamos nosotros, los blancos, que practicaran con el cadáver de nuestros seres queridos algún tipo de examen que colisionara con nuestro sistema de creencias? ¿Nos atreveríamos a tomar las cenizas de nuestros difuntos mezcladas en una bebida como hacían antiguamente algunos grupos indígenas? Pues resulta que abrir cadáveres se confronta con el sentir indígena de un cuerpo indiviso, por eso muchos ni siquiera se dejan operar. ¿Se puede resarcir el dolor de una familia por una autopsia legar, pero innecesaria en este caso particular, desde nuestro punto de vista?
Le escribimos esta carta porque el crecimiento económico peruano reconfigura el territorio y la vida de los pueblos indígenas. No es suficiente aplicar las leyes indígenas en los territorios indígenas tradicionales. Muchos de ellos viven en ciudad y deben ser replanteadas algunas  cosas. En el mes de enero hubo una muerte fortuita en el distrito de Parinari y la policía exigía que llevaran el cadáver a Nauta (de ocho a doce horas en lancha, cuando hay lancha) para la autopsia. La familia se negó en rotundo, pero tuvo toda la noche que soportar la insistencia del policía que cumplía con su deber. Un deber que desconoce el lugar donde vive: las costumbres de los pueblos indígenas. Felizmente el policía aceptó que la familia hiciera una carta exculpándole de toda responsabilidad y el fiscal de Nauta actuó posteriormente con todo respeto y consideración. Pero más allá de casos particulares, la movilidad actual (migración) de los pueblos indígenas obliga a todos los que vivimos en Perú, y en particular a los funcionarios del Estado, a incluir en nuestra visión un enfoque intercultural.

En el fondo está la aplicación del Convenio 169 de la OIT, ratificado por el Perú, con su planteamiento del ʾautorreconocimientoʾ, y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas para vislumbrar un ordenamiento jurídico que esté más acorde con la población y no someterlos a una visión occidental que lesiona su forma de vida y pensamiento.
Sin otro particular, nos despedimos de usted con todo nuestro respeto.

P. Miguel Ángel Cadenas
P. Manuel M. Berjón Martínez
Parroquia Santa Rita de Castilla
Río Marañón.



[1] En kukama, yat ma significa tanto sembrar como enterrar.

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